La Sala Plena de la Corte Constitucional dejó sin efectos tres resoluciones con las que la Superintendencia Nacional de Salud había ordenado, corregido y prorrogado la intervención del Gobierno sobre la EPS Sanitas y sus bienes. Esta decisión tendría dos efectos: uno, sobre otras intervenciones del Gobierno, como la de la Nueva EPS; y otro en los tribunales de arbitraje internacionales, donde Colombia fue demandada por violar —con lo que fue considerado una toma hostil— los tratados de inversión.El 2 de abril de 2024, la Superintendencia ordenó “la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de la EPS Sanitas por el término de un año”, así como la intervención forzosa para que el Gobierno asumiera la administración de la entidad promotora de salud. El 10 de abril el documento fue corregido y el 6 de abril de 2025 se prorrogó la intervención por un año más.Contraloría revela auditorías sobre Sanitas y Nueva EPS en la vigencia 2023. Foto:ArchivoLa Sala dejó sin efectos los tres actos administrativos y, tras revisar una tutela y revocar las decisiones del Tribunal Superior de Bogotá y de la Corte Suprema de Justicia —que la habían negado—, amparó el derecho al debido proceso de la EPS. Además, remitió el expediente a la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, que reconoce la salud como un derecho fundamental.La mayoría de la Corte concluyó que la actuación de la Superintendencia de Salud —entonces en cabeza de Luis Carlos Leal— fue un atropello a la garantía procesal de la segunda EPS más grande del país. El magistrado Vladimir Fernández, exsecretario jurídico de Presidencia, salvó su voto, y la magistrada Natalia Ángel no estuvo presente porque se encontraba en comisión.Esa toma de la administración y bienes de Sanitas (5,7 millones de usuarios), y la posteriormente realizada en Nueva EPS (11,5 millones), pusieron de facto la salud de la mayoría de colombianos en manos del Estado. El Gobierno la justificó en un supuesto “incumplimiento de las funciones indelegables de aseguramiento”, por deudas que superaban los 2 billones de pesos con los prestadores de servicios, y como un salvavidas de un “colapso financiero”.Luis Carlos Leal, exsuperintendente de salud. Foto:@LuisCarlosLealA en Instagram”La información y las situaciones evidenciadas en el marco de las funciones de inspección vigilancia y control realizada por la Superintendencia Nacional de Salud a SANITAS S.A.S., identificada con el NIT 800.251.440-6, permite establecer un incumplimiento reiterado de la ley. Más concretamente de aquellas normas que rigen el aseguramiento y la prestación de servicios de salud, de acuerdo con el concepto de actividad ordenadora de la administración”, se lee en la resolución.Por su parte Keralty, grupo español dueño de Colsanitas, calificó la decisión como “improvisada, ilegal, desproporcionada y discriminatoria”, además de injustificada por parte de la entidad reguladora. Recordó que en diciembre de 2023 presentó un plan de reorganización institucional y responsabilizó al Gobierno por su situación de caja, debido a la insuficiencia de la Unidad de Pago por Capitación —algo que también reconoció la Corte— y al incumplimiento en el reconocimiento de la deuda acumulada.”La situación de sostenibilidad financiera de la EPS es provocada en gran medida por el mismo gobierno al no hacer los análisis responsables en temas como la insuficiencia de la UPC, la concentración de riesgo por afiliado y el no reconocimiento de la deuda acumulada. Dichas problemáticas fueron alertadas oportunamente en múltiples escenarios frente al Ministerio de Salud, la ADRES y otras instituciones, sin encontrar soluciones”, aseguró en un comunicado el conglomerado empresarial, dos días después de la intervención. Corte Constitucional Foto:CortesíaAfirmaron también que esta “arbitrariedad” derivó en la destrucción del valor económico de EPS Sanitas, en perjuicio de sus accionistas, colaboradores, y la sociedad colombiana en general, razón por la que demandaron al Estado colombiano en los tribunales internacionales de arbitraje. Actualmente, la Nación disputa un litigio en el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) por 1.2 billones de dólares, poco más de 5.2 billones de pesos por presuntas violaciones al Tratado Internacional de Protección de la Inversión Extranjera.Alega una “expropiación indirecta y violación del estándar del TJE (Tribunal de Justicia Español) al intervenir a la EPS Sanitas por parte de la Superintendencia de Salud, lo que obstaculizó su gestión, mantenimiento, uso y disfrute de sus inversiones mediante medidas arbitrarias o discriminatorias”.El Gobierno Colombiano también intervendrá Nueva EPS Foto:De acuerdo con expertos consultados por este diario, la reciente decisión de la Corte podría jugar en contra para el país. Y, de perder el pleito, la intervención podría derivar en responsabilidades fiscales. Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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