En fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de destitución e inhabilidad general por 16 años contra Nelson Enrique Robles Munévar, intendente de la Policía Nacional asignado a la compañía antinarcóticos de control aeroportuario de Bogotá, por su participación en operaciones de tráfico de estupefacientes.De acuerdo con la decisión de la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento, Robles Munévar adquirió y facilitó un uniforme y prendas de uso exclusivo de la institución policial a un particular, quien las utilizó para hacerse pasar como miembro activo de la Policía Nacional.Aeropuerto El Dorado. Foto:CortesíaEsa persona ingresó al hangar de la empresa Central Charter de Colombia S.A.S, ubicado en el Aeropuerto Internacional El Dorado, donde simuló el registro de 15 maletas que contenían 500 kilogramos de clorhidrato de cocaína, que fueron transportadas en un jet privado con destino a Farnborough, Reino Unido.”La entidad evidenció que Robles Munévar vulneró con su conducta los principios de moralidad y legalidad de la función administrativa”, dijo el Ministerio PúblicoLa Procuraduría confirmó que Robles Munévar, quien fungía como jefe de Control de Equipajes y Aviones, participó directamente en esta operación ilícita de tráfico y transporte de estupefacientes, y que con su conducta vulneró los principios de moralidad y legalidad que rigen la función administrativa en el servicio público.Las autoridades se mantienen en labores para descubrir las razones de su muerte. Foto:AFPEl ente de control también sostuvo que el disciplinado infringió el deber funcional de contribuir al cumplimiento de las tareas asignadas a la Policía Nacional, y resaltó que su actuación deterioró la imagen institucional y puso en riesgo la seguridad pública.“Robles Munévar vulneró con su conducta los principios de moralidad y legalidad de la función administrativa, los cuales estaba obligado a cumplir por su rol, por lo que de manera definitiva calificó la falta en que incurrió como gravísima a título de dolo”, reiteró la Procuraduría.Esta decisión confirma la sanción impuesta en primera instancia y, al ser de segunda instancia, contra el fallo no procede ningún recurso.Juan Diego TorresDielas@eltiempo.comMás noticias:

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