En la tarde de este martes 15 de julio, la Corte Suprema de Justicia volvió a negar otra tutela que presentó la defensa de Daneidy Rojas Barrera, más conocida en el mundo de las redes sociales como Epa Colombia.La creadora de contenido y empresaria enfrenta una condena de cinco años y tres meses de prisión por su participación en actos vandálicos en la estación de Molinos de TransMilenio durante el estallido social que ocurrió en noviembre de 2019.Madre de Daneidy Barrera habla de las críticas contra su hija. Foto:INstagram: @epa_colombia LEA TAMBIÉN La tutela buscaba extinguir la acción penal en su contra por vandalismo y quedar en libertad.La decisión tomada por la Corte SupremaEpa Colombia intentó oponerse a la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, argumentando que sus derechos fueron violados por la acusación de instigación a delinquir con fines terroristas, un delito que no cuenta con las mismas flexibilidades en la justicia colombiana. Para ello, presentó una tutela ante la Corte Suprema, la cual fue negada. Cabe destacar que esta es la segunda tutela que el alto tribunal le niega a la influenciadora. La primera fue a finales de abril, cuando buscaba proteger sus derechos al debido proceso, acceso a la justicia, igualdad, defensa, dignidad humana, libertad de expresión, protesta y principios de favorabilidad. Sin embargo, en esa ocasión, la Corte la negó porque fue presentada por personas no autorizadas para solicitar su libertad.Epa Colombia le envió un ramo de flores y la manilla a Karol Samantha. Foto:TikTok: @buendiacolombia LEA TAMBIÉN La Corte Suprema, en un documento de 23 páginas, determinó que no se violaron los derechos fundamentales de la influenciadora. De esta forma, se mantiene firme la condena que había sido dictada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y luego ratificada por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema.”En cuanto a la instigación para delinquir, consideró que la difusión masiva de contenidos violentos y destructivos a través de redes sociales tenía la potencialidad de incitar a terceros a replicar conductas delictivas, lo que justificó la imputación de fines terroristas, y dejó claro que no era necesario demostrar que los destinatarios de los mensajes cometieron actos terroristas, sino que bastaba la probabilidad de inducir estados de zozobra y temor”, se lee en un apartado por parte de la Corte.Epa Colombia destruyendo estación Molinos de TransMilenio. Foto:Captura de pantalla LEA TAMBIÉN Igualmente, el pasado mes de junio la defensa de las famosas Keratinas presentó ante un juzgado una solicitud para acogerse a un proceso de justicia restaurativa, en el que ella misma participe activamente en la reparación del daño ocasionado.“El juzgado puede abrir un proceso de justicia restaurativa. Se vincula al Inpec, al Ministerio de Justicia, la Fiscalía y TransMilenio con miras a buscar un acuerdo”, explicó a EL TIEMPO el abogado Francisco Bernate, representante legal de Barrera.La petición —dijo el penalista— no implica impunidad, sino que busca cumplir la sanción de una forma distinta a la privación de la libertad en una celda.
“La persona participa directamente en la solución del conflicto y, en este sentido, ella podría tranquilamente trabajar en TransMilenio, además de reparar los daños, ir como gestora de movilidad, cajera, generar campañas contra el vandalismo. Es una buena alternativa”, aseguró.El caso de Epa Colombia ha estado marcado por decisiones judiciales que, hasta ahora, le han negado beneficios como la detención domiciliaria.FELIPE SANTANILLA AYALA REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

Corte Suprema ratifica condena contra la ‘influencer’ por daños a TransMilenio en protestas
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