Un retroceso en el camino recorrido en materia de derechos. Así calificaron organizaciones feministas el proyecto de acuerdo 340 de 2025, aprobado por el Concejo de Bogotá, que introduce un requisito no exigido constitucionalmente para acceder al aborto: un examen psicológico, incluso durante las 24 semanas de gestación despenalizadas.Este ‘mico’ en la nueva norma, bautizada ‘Ruta por la Vida dirigida a mujeres gestantes, lactantes y la vida por nacer’, ha puesto entre la espada y la pared al alcalde Carlos Fernando Galán, a quien las organizaciones le piden objetar el acuerdo, al considerarlo a todas luces inconstitucional. Grupos provida (Color azul) y grupos pro aborto (Color Verde), llegaron hasta el Palacio de Justicia Foto:CESAR MELGAREJO – EL TIEMPO”Desde ProFamilia rechazamos de manera categórica la decisión inconstitucional adoptada por el Concejo de Bogotá al aprobar el Acuerdo 340 del 2026, el cual pretende imponer barreras al acceso al servicio y derecho al aborto en la ciudad”, señaló la directora de esta institución, Marta Royo, cuestionando que la medida pone en riesgo la vida y la salud de las personas gestantes que buscan acceder a un procedimiento seguro y oportuno. “En Colombia, el aborto es legal y constituye un derecho fundamental que debe ser garantizado hasta la semana 24 de gestación. Así lo ordena la sentencia C-055 del 2022 y después de esa semana, recordemos, mediante alguna de las tres causales de la sentencia C-355 del 2006. Esto implica que ninguna autoridad administrativa o política puede establecer requisitos adicionales”, agregó Royo.De hecho, para la exmagistrada de la Corte Constitucional Cristina Pardo, un examen psicológico solo es exigible en los casos en los que se superen los seis meses de gestación y si la paciente alega depresión por causa del embarazo o ideación suicida. En estos casos, la prueba sirve para acreditar la causal relativa al peligro para la salud de la madre que le permite interrumpir el embarazo incluso hasta antes del parto.”Pero antes de la semana 24, el aborto está despenalizado por la Corte Constitucional. No es necesario alegar ni probar ninguna causal, por lo que la prueba psicológica no sería necesaria”, le dijo a este diario la exmagistrada.Este nuevo requisito, además, vulneraría la ley. Según exmagistrados consultados, un acto administrativo no puede regular un tema relacionado con derechos fundamentales. Portada de EL TIEMPO tras el histórico fallo sobre el aborto en 2022. Foto:EL TIEMPOEl artículo 152 de la Constitución establece que sólo se puede hacer mediante una ley estatutaria, por lo que, en principio, esta resolución tiene el camino aceitado para caerse. “Mediante las leyes estatutarias, el Congreso de la República regulará las siguientes materias: derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos y recursos para su protección; administración de justicia; organización y régimen de los partidos y movimientos políticos; estatuto de la oposición y funciones electorales, entre otros”, reza la norma.Contradictoriamente, hace dos años Bogotá logró un avance en la eliminación de barreras para el acceso al aborto mediante el Acuerdo 879 de 2023, aprobado por el mismo Concejo. Con ese proyecto, la administración distrital fortalecía protocolos como la Ruta Integral de Atención en Salud y la Línea Púrpura, y fijaba sanciones para las EPS o IPS que dilataran o dificultaran el procedimiento.”No podemos admitir ningún intento de retroceso. Por eso, exhortamos al alcalde a objetar el acuerdo aprobado hoy por vulnerar la Constitución, la jurisprudencia de la Corte Constitucional y el Acuerdo 879 antes mencionado, pero también por imponer barreras prohibidas a un servicio de salud esencial que garantiza derechos fundamentales”, solicitó la directora de Profamilia.Si el alcalde no lo objeta y el acuerdo se convierte en norma, podría ser demandado ante la jurisdicción contencioso administrativa e incluso podría decretarse una medida cautelar para suspenderlo mientras se decide de fondo sobre su legalidad. El regreso del buque más grande en la historia de Tumaco. Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia

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