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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la admisión de la acción popular presentada contra el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Imprenta Nacional por el convenio suscrito para la expedición de pasaportes con apoyo de la Imprenta Nacional Casa da Moneda de Portugal.El escándalo de los pasaportes en Colombia se originó por la polémica alrededor de la licitación para la producción y expedición de estos documentos, proceso que fue declarado desierto en medio de cuestionamientos jurídicos y políticos cuando estaba al frente de la Cancillería Álvaro Leyva. La decisión derivó en investigaciones disciplinarias y penales por presuntas irregularidades contractuales, que terminaron con su destitución e inhabilidad por 10 años, además de imputación por parte de la Fiscalía General de la Nación. La controversia también salpicó a otros funcionarios, incluyó la salida de la entonces canciller Laura Sarabia y abrió cuestionamientos sobre el consorcio internacional encargado del nuevo contrato. ¿Qué dice la decisión?En una decisión adoptada por el magistrado Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón, de la Sección Primera, Subsección B, el Tribunal ratificó el auto del 14 de enero de 2026 al considerar que se ajusta a los parámetros normativos y jurisprudenciales, en especial frente a la procedencia excepcional de la acción popular cuando existe un peligro inminente que podría traducirse en un perjuicio irremediable para derechos e intereses colectivos.Pasaportes. Foto:Gobernación del Valle del CaucaLa demanda fue presentada por Nicolás Dupont Bernal, a través de apoderado judicial, en ejercicio de la acción popular contra el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Imprenta Nacional. El accionante sostiene que con la suscripción y ejecución del Convenio Interadministrativo Específico No. 001 de 2025 se vulneraron derechos colectivos como la moralidad administrativa, la defensa del patrimonio público y el acceso a los servicios públicos en condiciones de eficiencia y oportunidad.De acuerdo con la demanda, en el convenio se dejó constancia de que no existían recursos disponibles para su ejecución y que cada entidad debía realizar las apropiaciones presupuestales en cada vigencia fiscal para formalizar los contratos necesarios y garantizar la prestación del servicio conforme a las especificaciones técnicas.Por ello, el actor solicita que se declare la vulneración de los derechos colectivos invocados, que se ordene abstenerse de ejecutar el convenio en condiciones que afecten la moralidad administrativa y el patrimonio público mientras no se subsanen los vicios señalados, y que se adopten medidas correctivas para garantizar transparencia, adecuada planeación y disponibilidad presupuestal, así como la continuidad y calidad del servicio.En su análisis, el Tribunal resaltó que la naturaleza industrial, logística y tecnológica del proceso de expedición de pasaportes —que involucra suministro de libretas, personalización, soportes informáticos, esquemas de distribución y atención en ventanillas— conforma una cadena interdependiente en la que la ruptura de alguno de sus eslabones puede generar desabastecimiento, represamiento de trámites y paralización de viajes, estudios, tratamientos médicos, misiones oficiales u oportunidades laborales.”Ya existió una crisis real y comprobada en septiembre de 2025, período en el cual se presentó un desabastecimiento de pasaportes y una grave congestión en la asignación de citas ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, lo que afectó a miles de ciudadanos”, se lee en la decisión.Filas en la oficina de pasaportes sede norte, en Bogotá. Foto:César MelgarejoA juicio del Tribunal, estas circunstancias evidencian que el riesgo de repetición es real, actual e inminente, especialmente si persisten problemas estructurales en la planeación y continuidad del modelo de expedición.Asimismo, se mencionan alertas emitidas por la Contraloría General de la Nación sobre un riesgo inminente para la prestación continua del servicio, ante el eventual vencimiento del contrato con el proveedor actual y la falta de preparación técnica, infraestructura y aliados estratégicos suficientes por parte de la Imprenta Nacional para asumir la producción, personalización y entrega de pasaportes en los tiempos requeridos.Como parte de las decisiones adoptadas, el Tribunal ordenó requerir al Ministerio de Relaciones Exteriores para que, en un plazo de tres días hábiles, remita copia íntegra y actualizada de los estudios, diagnósticos, evaluaciones técnicas, análisis de riesgo, conceptos jurídicos, económicos y presupuestales, así como la planeación financiera y los soportes que respalden la estructuración del Convenio Interadministrativo Específico No. 001 de 2025.Por ahora, la urgencia manifiesta con Thomas va hasta el 30 de abril, sin embargo, es posible que el proceso comience antes, pero la producción oficial de pasaportes quedará en manos de la Imprenta y Portugal a partir de mayo.Redacción Justicia
